La Fundación Grupo Vidanta con la colaboración de la Organización de los Estados Americanos (OEA) y la Secretaría General Iberoamericana (SEGIB) convoca a presentar candidaturas al Premio Fundación Grupo Vidanta: “Contribuciones a la reducción de la desigualdad y la pobreza en América Latina y el Caribe”.
El premio tiene la finalidad de reconocer y apoyar trabajos sobresalientes que se realizan en América Latina y el Caribe para reducir la pobreza y la desigualdad y combatir la discriminación. También procura que estos esfuerzos, a veces poco conocidos, se difundan y que sus contribuciones se compartan con el objeto de:
- Desarrollar mayores conocimientos y capacidades en la materia;
- Influir en la toma de decisiones sobre políticas públicas;
- Crear mayor conciencia y movilizar a la opinión pública en torno a temas claves vinculados a la pobreza, la desigualdad y la discriminación en América Latina y el Caribe.
- Fomentar valores humanitarios y de solidaridad en la población en general; y
- Fomentar la filantropía y la responsabilidad social corporativa
Bases
PRIMERA: El Premio se convocará con carácter anual a partir de septiembre de 2009 y se entregará por primera vez en noviembre de 2010. Consistirá en un primer premio de US$ 100,000.00 (cien mil); un segundo premio de US$ 75,000.00 (setenta y cinco mil), y un tercer y último premio de US$ 50,000.00 (cincuenta mil). Todos serán aportados íntegramente por la Fundación Grupo Vidanta.
SEGUNDA: Podrán ser candidatos al premio las personas físicas nacionales de los países americanos y de Andorra, España y Portugal, sin considerar su sexo, religión e ideología política. Igualmente, podrán ser consideradas las personas jurídicas que estén legalmente registradas o constituidas en alguno de estos países.
TERCERA: Podrán presentar sus candidaturas individuos u organizaciones civiles basadas en la comunidad e instituciones no gubernamentales que por su naturaleza o trabajos estén vinculados a la tarea de reducir pobreza y desigualdad y a combatir la discriminación en América Latina y el Caribe. Se considerará de manera especial a aquellos individuos o entidades que trabajan en este tema y que hayan generado los recursos necesarios por su propia iniciativa o mediante esfuerzos comunitarios. En el caso de organizaciones o individuos que hayan recibido fondos o asistencia técnica de un país que no pertenezca a las Américas y salvo Andorra, España y Portugal, bastará que la ejecución del trabajo nominado se haya realizado en América Latina y el Caribe y que sus resultados se hayan producido en dicha región.
Podrán nominar candidatos personas físicas, instituciones civiles y organizaciones no gubernamentales de América Latina y el Caribe y de Andorra, España y Portugal.
CUARTA: Todas las nominaciones y candidaturas deberán ser acompañadas de un informe no mayor de 5 páginas en los idiomas español, portugués, inglés o francés en el que consten:
a) Las características, méritos y contribuciones del trabajo realizado por las personas u organizaciones propuestas.
b) La metodología empleada, desarrollo, financiamiento e implementación del trabajo nominado.
c) Las poblaciones o comunidades beneficiadas por el trabajo.
d) Datos generales de la organización o persona propuesta.
Adicionalmente, los candidatos deberán anexar un documento certificando que han leído y entendido el Reglamento del Premio Fundación Grupo Vidanta, el cual establece el mecanismo de preselección, el funcionamiento del jurado y el procedimiento de conteo y certificación del resultado. Dicho Reglamento se encuentra disponible en el sitio de Internet de la Fundación Grupo Vidanta (www.fundaciongrupoVidanta.com).
Todos los informes deberán ser enviados a más tardar el 31 de marzo de 2010 a la siguiente dirección electrónica: premio@fundaciongrupovidanta.com y deberán seguir las pautas establecidas en el formulario “Premio Fundación Grupo Vidanta: Contribuciones a la reducción de la desigualdad y la pobreza en América Latina y el Caribe” que podrá ser descargado de la página web de la Fundación Grupo Vidanta.
Las candidaturas o nominaciones que no reúnan todos los requisitos anteriormente señalados, que incluyan información falsa o que se reciban después de la fecha límite quedarán automáticamente descalificadas.
QUINTA: Las nominaciones serán revisadas por un Comité de Preselección y posteriormente enviadas a un jurado. El Comité de Preselección será presidido por la Fundación Grupo Vidanta, la cual se encargará de realizar el trabajo administrativo y de entregar al jurado los informes de los candidatos seleccionados.
SEXTA: El fallo del premio corresponderá a un jurado compuesto por las siguientes personalidades: Billie Miller (Barbados), César Gaviria (Colombia), Juan Pablo de Laiglesia (España), Luis Osvaldo Maira Aguirre (Chile) y Ernesto Zedillo (México); y en ningún momento podrá incluir a funcionarios de la Fundación Grupo Vidanta, la OEA ni la SEGIB. En caso de producirse alguna vacante o renuncia de algún miembro del jurado, el mismo será reemplazado por una personalidad de reconocida trayectoria y prestigio en acuerdo de la OEA, la SEGIB y la Fundación. La contabilización de la votación del jurado se realizará ante notario público. Las candidaturas se valorarán en función de la trascendencia de la obra realizada, tomando en cuenta los siguientes criterios:
– Innovación: en el aspecto conceptual (por medio de trabajos científicos o la incorporación de nuevas tecnologías y procesos) o en el área de la implementación.
– Resultados mensurables e impacto: los trabajos deben haber demostrado resultados y beneficios concretos.
– Duración y transferencia: los trabajos deben exhibir capacidad de continuarse en el tiempo y ofrecer conocimientos y experiencias que puedan llegar a otros beneficiarios y aplicarse en otros lugares sin que esta aplicación subsecuente implique alguna contraprestación económica para los ganadores del premio o para las personas físicas o jurídicas que hayan financiado al ganador.
– Sostenibilidad Ambiental: las iniciativas no deben afectar negativamente al medio ambiente.
El jurado se pronunciará por mayoría de los votos emitidos y el Secretario de Actas, ajeno al jurado y sin voz ni voto, informará el fallo al Secretario General de la OEA y al Secretario General Iberoamericano a través de notas fundadas. En caso de empate se hará una segunda votación.
Los miembros del jurado trabajarán ad honorem pero tendrán derecho a percibir los gastos de viaje y alojamiento en que pudieran incurrir para el desarrollo de su misión.
El veredicto del jurado será inapelable y los resultados de la votación serán divulgados mediante la prensa.
SEPTIMA: El procedimiento de concesión del Premio se inspirará en los principios de publicidad, transparencia, objetividad y no discriminación.
OCTAVA: El jurado emitirá su fallo en junio de 2010 y los premios serán entregados en noviembre de 2010. Los organizadores harán saber oportunamente los lugares y fechas para la entrega de premios en ocasiones subsecuentes.
NOVENA: El premio no podrá ser dividido ni declarado desierto ni otorgado a título póstumo, salvo aquellas candidaturas que impliquen a dos o más individuos o asociaciones como creadores conjuntos de alguna contribución o propuesta, considerados en lo individual, en cuyo caso el premio será dividido entre los ganadores por partes iguales. En ningún caso se premiará a más de cinco personas o asociaciones que hayan colaborado en un mismo proyecto.
El ganador deberá contar con mayoría de edad al 31 de marzo de 2010. El importe neto que recibirá como premio estará sujeto a las leyes tributarias que le resulten aplicables en virtud de su país de origen, de residencia o del lugar de la premiación, siendo el ganador el único responsable de realizar los pagos de impuestos correspondientes. Los gastos en que incurra el ganador para presentarse a recibir su premio correrán por cuenta de la Fundación Grupo Vidanta. El premio podrá ser reclamado en persona o mediante apoderado legal.
DECIMA: La Fundación Grupo Vidanta con la colaboración de la Organización de Estados Americanos y la Secretaría General Iberoamericana adoptarán las medidas necesarias para desarrollar y aplicar lo establecido en las presentes bases.