170622 – Declaración de Organizaciones de la sociedad civil ante la elección del nuevo Directorio de la INDDHH


ORGANIZACIONES PARTICIPANTES DE LA
VI ASAMBLEA NACIONAL DE DERECHOS HUMANOS
DECLARAN

De acuerdo a la Ley 18.446 (Ley de creación de la Institución Nacional de Derechos Humanos), en Julio terminará el mandato del actual Consejo Directivo de la INDDHH. Se deberá proceder a la elección, en el Parlamento, de nuevas autoridades.

La INDDHH y Defensoría del Pueblo tiene el cometido de velar por los DDHH en su más amplio sentido. Su constitución y funcionamiento ha significado un enorme enriquecimiento de la institucionalidad democrática. La renovación de sus autoridades es de gran trascendencia.

Por lo mismo, las organizaciones abajo firmantes instan al sistema político y a las autoridades, a la hora de proceder a la designación del nuevo Consejo Directivo, a priorizar la selección sobre la base de las propuestas formuladas por organizaciones de la sociedad civil y en base a los criterios y fundamentos que señalamos adicionalmente, a lo establecido por la Ley:

  1. Dado el papel que EL TERRORISMO DE Estado y sus secuelas ha tenido y tiene hasta el día de hoy es fundamental que las autoridades a designar al frente de la INDHYDP ajusten sus actuaciones a las normas internacionales de promoción a defensa de los derechos humanos y exijan su cumplimiento de acuerdo a los estándares internacionales.
  2. Trayectoria destacada e involucramiento desde la sociedad civil y/o similar en la vida académica o pública.
  3. Dedicación y compromiso con la tarea a desempeñar.
  4. Independencia de criterio y firmeza ante el poder político y el Estado.
  5. Capacidad de diálogo, de negociación y de relacionamiento con las autoridades, el sistema político y la ciudadanía.
  6. Disposición para el trabajo en equipo, para integrar un organismo colegiado de iguales, que debe funcionar democráticamente, con transparencia, diálogo y negociación constante para obtener decisiones colectivas.
  7. Capacidad de gestión.
  8. Compromiso con una mayor incidencia de las organizaciones sociales hacia la
  9. Globalmente que exista un adecuado balance de género/sensibilidades temáticas/edades.
  10. Los candidatos no deberán haber participado u apoyado actos o expresiones de racismo y exclusión de ninguna naturaleza.

+++++

FUCVAM – FEUU – Madres y Familiares de Detenidos Desaparecidos – PIT-CNT – SERPAJ – Asociación de ex presas y ex presos políticos del Uruguay (CRYSOL) – Comisión por la Memoria de los Fusilados de Soca – Memorias de la Costa – Mujer Ahora – Mesa Permanente Contra la Impunidad – Asociación Ruda y Chocolate – Red de Personas Mayores de Rivera – Colectivo Ovejas Negras – Mesa Nacional MI-PYMES – Asociación Vida y Educación – CIEENPRE Juntos (Barros Blancos) – Movimiento Deudores en UR – Red de Discapacidad Eje de Ruta 8 – Observatorio UDPD (Unión De Personas Discapacitadas) – Comisión de Derechos Humanos de Tacuarembó – Centro cultural Casa de la Juventud Monseñor Eduardo Quaglia(Minas) – Grupo de la Esperanza – Y por qué no … nuestro propio horizonte – Secretaría de Derechos Humanos de COFE – Grupo Verdad y Memoria de Guichón.

Deja una respuesta

Introduce tus datos o haz clic en un icono para iniciar sesión:

Logo de WordPress.com

Estás comentando usando tu cuenta de WordPress.com. Salir /  Cambiar )

Foto de Facebook

Estás comentando usando tu cuenta de Facebook. Salir /  Cambiar )

Conectando a %s

Este sitio usa Akismet para reducir el spam. Aprende cómo se procesan los datos de tus comentarios.