Archivos diarios: julio 26, 2011
110804 – 4 y 18 ago, 1 y 22 set, 6 y 20 oct – 19 hs – Cine Foro en Casa INJU
110726 – ANONG: Comunicado sobre incremento salarial Grupo 16-07 a partir del 1 julio 2011
comunicado
Estimadas asociadas:
Les informamos que el aumento para el grupo 16-07 para el mes de julio corresponde al 8.35%.
Les estamos adjuntando el acta de la reunión del Grupo Consejo de Salarios enviada por el Dr. Becerra.
Los saludamos cordialmente,
Comisión Directiva
110726 – RELATORÍA RECOMIENDA ADOPCIÓN DE POLÍTICA PÚBLICA CARCELARIA INTEGRAL EN URUGUAY
Washington, D.C., 25 de julio de 2011 – La Relatoría sobre los Derechos de las Personas Privadas de Libertad de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) realizó una visita de trabajo a Uruguay del 4 al 8 de julio de 2011. La delegación estuvo integrada por el Comisionado Rodrigo Escobar Gil y personal de la Secretaría Ejecutiva. El objetivo de la visita fue verificar la situación general del sistema penitenciario uruguayo y emitir recomendaciones al Estado. La Comisión Interamericana agradece al Estado uruguayo su cooperación en las actividades, el acceso irrestricto a los lugares de detención y el alto nivel de organización demostrado durante la visita.
La delegación se reunió con autoridades de los tres poderes del Estado y con un número importante de organizaciones de la sociedad civil dedicadas al monitoreo de la situación de las personas privadas de libertad. Asimismo, la Relatoría visitó el Centro Penitenciario de Punta de Rieles, el Complejo Carcelario Santiago Vázquez (COMCAR), el Complejo Libertad, el Establecimiento Femenino de Cabildo y el Complejo de Detención y Reeducación Colonia Berro, en el que se visitaron los Hogares Sarandí, Ituzangó y Ser. Sigue leyendo
110726 – Preparando el 2º Encuentro Nacional de Equipos de Trabajo que atienden la situación de calle de Niños/as y Adolescentes
Estimados/ as:
En el 2010, realizamos un primer Encuentro Nacional de Equipos de Trabajo que atienden la situación de calle de Niños/as y Adolescentes en nuestro país, en sus diversas modalidades; y considerando que este espacio de intercambio, formación y discusión fue sumamente valioso, invitamos a sumarnos al segundo encuentro, previsto para las primeras semanas del mes de octubre 2011.
En esta oportunidad, nos proponemos una construcción colectiva de los ejes temáticos, metodología de abordaje y logística del evento.
Para ello, hemos conformado un núcleo organizador conformado hasta el momento por Alvaro Olivera (INAU), Diego Pailos (Gurises Unidos), Alfredo Correa (Luna Nueva).
Creemos oportuno como primer paso realizar una Consulta a los equipos sobre temas de interés, sugerencias, aportes, comentarios, así como solicitar se pueda definir un integrante de cada equipo, el que será nexo con la comisión organizadora a fin de mantener una comunicación fluida y asegurarnos la participación de todos y todas.
Enviamos una pauta muy sencilla, con el fin antes mencionado.
Saludos.
Secretaría (Norma- Nair)
110719 – Sentencia sobre Acción de Amparo tema Contenedores
SENTENCIA
Montevideo 19 de Julio de 2011-
VISTOS:
Para Sentencia Definitiva de Primera Instancia, estos autos caratulados: “FISCALÍA DE 3° T° C/ INAU Y MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL.- ACCIÓN DE AMPARO” F. 2-14240/2011.-
RESULTANDO:
1.-Que a fs. 76 con fecha 15/04/2011, comparece el Representante del Ministerio Público- Fiscal Letrado Nacional de 3° T. Dr. Enrique Viana, deduciendo acción de amparo contra el Servicio Descentralizado del Estado Instituto del Niño y Adolescente del Uruguay- INAU- y contra el Estado – Poder Ejecutivo – Ministerio de Desarrollo Social- MIDES, en base a las siguientes consideraciones:
a.- que el INAU con conocimiento del MIDES, se apronta a recluír adolescentes que son privados de su libertad por orden judicial, en módulos o contenedores metálicos, ya dispuestos a esos efectos en un inmueble sito sobre Avda. Gral. Flores, casi Brd. Artigas y vecino al edificio del Programa de Medidas Socio Educativas de Bases Comunitarias- Promesec. Que a todas luces deviene claro que tal tipo de habitáculos no son recintos adecuados para la internación o reclusión de menores de edad respecto de los que el Estado tiene deberes constitucionales y legales de protección. Con ello la provisión de las referidas mazmorras metálicas deviene demostrativa de que las instituciones públicas contra las que se deduce la acción de amparo especial, continúa siendo inconsecuente con aquella responsabilidad pública que significa la asunción, por parte de la República Oriental del Uruguay, del denominado Derecho Penal Juvenil. Sigue leyendo